GIPUZKOA: Cuenta atrás para la campaña de Sociedades
Conozca algunas cuestiones que le ayudarán en su autoliquidación.

¿En qué plazo debe presentar mi autoliquidación?
En los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Como a efectos de autoliquidar, el periodo que se considera es el comprendido entre el 1-1-2024 y el 31-12-2024, si el de su empresa concluyó el 31 de diciembre, va a poder presentar la autoliquidación del 1 al 28 de julio (el 25 es festivo, y el 26 y 27 de julio, sábado y domingo, respectivamente). Finalizado ese plazo, la domiciliación del ingreso será el 29 de julio.
¿Cómo tengo que presentarla?
√ Por Internet
Es la forma de presentación que ha de utilizarse con carácter general, y se hace mediante el programa de ayuda disponible en la plataforma «Zergabidea»:
- Puede accederse a ella a través del portal https://zergabidea.gipuzkoa.eus, o a través de la web de Hacienda https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna.
- Si su empresa aplica normativa estatal, alavesa o vizcaína, y tributa a su vez en Gipuzkoa, debe confeccionar un fichero mediante los programas aprobados por las respectivas Administraciones, y después transmitirlo:
Normativa aplicable a la empresa |
Transmisión del fichero |
Alavesa o vizcaína |
Hay que «importar datos» en «Zergabidea» y utilizar la opción «conversores de sociedades». |
Estatal |
El fichero se transmite a través de «Zergabidea» sin necesidad de utilizar un conversor. |
√ En papel
Va a tener que presentar la autoliquidación en papel si su empresa tributa en Gipuzkoa en volumen de operaciones, pero está sometida a normativa navarra.
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